Contenido principal

Proyecto de ley de Presupuestos 2024 incluye más de 1.000 cambios normativos para elevar los estándares en el uso de los recursos públicos

Proyecto de ley de Presupuestos 2024 incluye más de 1.000 cambios normativos para elevar los estándares en el uso de los recursos públicos

04/10/2023

Algunas de las propuestas más importantes son que se terminará con las asignaciones directas a excepción de las que estén explícitas en la Ley, el concurso será obligatorio para todas las transferencias a instituciones privadas y se prohibirá por ley el fraccionamiento de convenios. Se incorporan medidas propuestas por la Comisión Ministerial para la relación del Estado y las Instituciones Privadas Sin Fines de Lucro.

El proyecto de ley de Presupuestos 2024 propone más de 1.000 cambios normativos para elevar los estándares en el uso de los recursos públicos, sumando las modificaciones al articulado, a las glosas y en la reclasificación del gasto público.

Así, incorporando gran parte de las medidas propuestas por la Comisión Ministerial para la relación del Estado y las Instituciones Privadas Sin Fines de Lucro, la directora de Presupuestos, Javiera Martínez Fariña, presentó ante la Comisión Especial Mixta de Presupuestos el detalle de estas medidas, las que primordialmente incluyen modificaciones a través del articulado del proyecto de ley y ya no mediante glosas, como solía ser la regla hasta ahora.

La directora de Presupuestos detalló que una de las principales transformaciones son los cambios introducidos en el artículo 23 de la Ley de Presupuestos, que establece que el concurso es obligatorio para la asignación de recursos mediante transferencias corrientes a instituciones privadas, pero que actualmente permite que se generaren excepciones. Evidencia de ello es un levantamiento de la Dirección de Presupuestos que identificó 163 glosas que habilitan la ejecución de programas determinados mediante contrato o convenios con entidades públicas o privadas.

"El proyecto de ley para 2024 refuerza contundentemente el artículo 23 e incorpora nuevos artículos relacionados. Uno de los principales cambios es que a partir de 2024 se terminará con las asignaciones directas excepto por las que estén explícitas en la Ley, ya que el mismo artículo 23 señala que concurso será obligatorio para realizar cualquier transferencia a una institución privada, sea de capital o corriente", enfatizó la directora de Dipres.

A lo anterior se sumará la regulación a convenios. Se trata del artículo 24 en el proyecto de ley, que establecerá los requisitos que deberán cumplir los convenios de transferencias, diferenciando entre beneficiario final de una transferencia (como una junta de vecinos) y ejecutor directo (mandatado por el servicio para la ejecución de un programa). A estos últimos, se les incluyen obligaciones como la garantía, dos años de antigüedad mínimo, el cumplimiento de hitos para las transferencias, la limitación de la subcontratación solo para objetos secundarios del convenio, y la prohibición de fraccionamiento.

En la misma línea de la concursabilidad y convenios para las transferencias corrientes y de capital a privados, se regula el contenido de los convenios, se exige el reintegro de los saldos no ejecutados y se establecen normativas para la inhabilitación de funcionarios públicos en casos donde existan vínculos con la contraparte (artículo 26).

"Lo que se hace es seguir la recomendación de la Comisión en cuanto a buscar asimilar lo más posible la transferencia a instituciones privadas sin fines de lucro desde el Estado con respecto a la Ley de Compras Públicas que mandata las licitaciones competitivas, procesos abiertos, transparentes. Pero en un punto en particular también cuando se tienen que inhabilitar funcionarios públicos de concursos que están haciendo sus servicios", describió la directora ante las y los parlamentarios.

Respecto a las glosas presupuestarias, el proyecto 2024 considera la remisión a la norma general (artículos 23, 24, 25 y 26) a todas las glosas de transferencias. Con esto se eliminan autorizaciones de tratos directos por glosa, se racionalizaron las excepciones por glosas a transferencias que no estaban acorde con el clasificador presupuestario y se mantienen excepciones solo para glosas vinculadas a emergencias.

Además, la directora explicó que la reclasificación del gasto se realizó para que sea concordante el objeto del gasto que se ejecuta con la clasificación presupuestaria correspondiente. Los gastos corrientes, como gastos en personal y/o en bienes y servicios de consumo que estaban siendo ejecutados en algunas transferencias corrientes, de capital o de inversión, fueron reclasificados al concepto de gasto correspondiente; y se diferenció claramente entre transferencias a entidades privadas y a otras entidades públicas.

Durante la sesión se abordaron con especial énfasis las modificaciones a la partida 31 de Gobiernos Regionales. "Se establece la concursabilidad como norma general, sin excepciones y eliminando la asignación directa. Fundamentalmente, se disminuye la discrecionalidad sin retroceder en descentralización, lo que se traduce en que las iniciativas ejecutadas por privados siempre deberán ser aprobadas por el Consejo Regional. Además, se siguen fortaleciendo la capacidad ejecutora propia de los Gobiernos Regionales y las transferencias a instituciones públicas por sobre privadas", destacó la directora de Presupuestos.

Galería de imágenes