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Nota Técnica: Partida Gobiernos Regionales

Nota Técnica: Partida Gobiernos Regionales

02/08/2023

En la Ley de Presupuestos 2023, tramitada el año 2022, se implementó una nueva estructura presupuestaria de Gobiernos Regionales, con el objetivo de fortalecer la capacidad ejecutora de los Gobiernos Regionales y facilitar la transferencia a instituciones públicas, avanzando en la homologación presupuestaria con el Gobierno Central, superando problemas detectados en la Ley de Presupuestos 2022.

Más información sobre la estructura presupuestaria de los Gobiernos Regionales se puede consultar en el Informe de Finanzas Públicas del tercer trimestre de 2022.

Para la discusión de la Ley de Presupuestos 2024, que está en proceso de formulación, se seguirá fortaleciendo la estructura presupuestaria de manera de mejorar la eficiencia del gasto, la transparencia y el buen uso de recursos fiscales.

  1. Investigaciones de fiscalías regionales:

De los antecedentes públicos a los que hace mención y que se encuentran siendo investigados por la Fiscalía, ellos corresponden a recursos autorizados en la Ley de Presupuestos 2022 o anteriores. No tenemos registro de casos de la Ley de Presupuestos 2023.

Además, de los antecedentes que dispone Dipres, los convenios que ha observado la Contraloría corresponden principalmente a recursos autorizados en la Ley de Presupuestos 2022, solo 5 de los 32 convenios objetados utilizan recursos de la Ley 2023.

Los problemas identificados son con recursos aprobados en la Ley de Presupuestos 2022 y anteriores, por lo que no pueden ser explicados por cambios en la Ley de Presupuestos 2023 dado que se trata de una ley anual.

  1. Límite de las 7.000 UTM:

Los Gobiernos Regionales se rigen por su propia Ley Orgánica, la 19.175. Esta normativa establece, entre otras cosas, que el control a los proyectos y programas que ejecutan desde las 7.000 UTM debe tener una aprobación del Consejo Regional. Esta limitación no se define en la Ley de Presupuestos mediante una glosa presupuestaria. No ha existido innovación en esta materia.

  1. Inclusión de instituciones privadas sin fines de lucro en glosa 3.3:

La glosa de este numeral incluye una lista acotada de actividades financiables a través de los Gobiernos Regionales como, por ejemplo, la mantención de parques y sanitización de espacios públicos. Esta incorporación se hizo con el fin de homologar la operación de los Gobiernos Regionales con el Gobierno Central, haciendo más operativas sus funciones, permitiendo la ejecución de estos programas a través de instituciones privadas sin fines de lucro, además de municipios, asociaciones de municipalidades y otras entidades públicas.

Además, esta glosa mantiene el requisito de que las entidades privadas sin fines de lucro tengan una personalidad jurídica vigente no inferior a dos años.

  1. Norma general en transferencias:

La normativa presupuestaria establece que las transferencias deben realizarse como norma general a través de concursos y de manera transparente. La mención de una transferencia a privados en la Ley de Presupuestos no significa que estas tengan que ser transferidas en forma directa, sino que deben regirse bajo la norma general.

  1. Sobre la "nueva filosofía" de dar habilitaciones generales:

En la Ley de Presupuestos 2022, legislada el año 2021, se identificaron problemas como una ejecución tardía o acelerada hacia fines de año, además de que sus glosas incentivaban la ejecución a través de terceros, especialmente instituciones privadas sin fines de lucro.

Por esto, con la Ley de Presupuestos 2023 -la primera de esta administración- se priorizó reforzar la capacidad ejecutora de los Gobiernos Regionales, de la mano de otras medidas que simplificaran los procedimientos. Esto se tradujo en medidas para facilitar la ejecución de los Gobiernos Regionales con entidades públicas, fortalecer la capacidad de ser unidad ejecutora (glosa 04).

De todas maneras, en el caso de los Gobiernos Regionales hemos encontrado que hay glosas que se repiten año a año, lo que es un problema porque no puede ser que todo el cuerpo normativo de su administración presupuestaria quede en glosas. Varias de ellas deberían pasar a ser artículos de una ley permanente, y con este objetivo se presentó el proyecto de ley Regiones Más Fuertes, que contiene modificaciones permanentes en materia de rendición de cuentas, disciplina fiscal, fortalece y crea nuevos mecanismos de fiscalización, transparencia, control y rendición de cuentas para garantizar la probidad sobre el gasto público.

A nivel de Ley de Presupuestos, la sobrerregulación de las glosas no se traduce en mejores resultados en cuanto a transparencia y control del gasto público. Por ello, es importante avanzar para tener una normativa general y permanente en el tiempo, que puede permitir que haya menos excepcionalidad y menos discrecionalidad en la entrega de recursos públicos.

  1. Proyecto de ley de Regiones Más Fuertes:

El proyecto de ley de Regiones Más Fuertes comenzó su tramitación legislativa en abril de este año. Si bien el compromiso inicial era una ley de Rentas Regionales, se optó por una propuesta más ambiciosa, que además de incluir la generación de nuevas fuentes de ingresos, también regula las atribuciones de gasto, y como tercer pilar fortalece y crea nuevos mecanismos de fiscalización, transparencia, control y rendición de cuentas para garantizar la probidad sobre el gasto público a nivel regional.

El PDL establece un conjunto de herramientas y obligaciones que previenen y atacan situaciones que podrían atentar contra la probidad del gasto público regional, entre las que destacan:

  1. Atentar gravemente contra las finanzas regionales es causal de destitución del gobernador.
  2. Los GORE deberán incluir en su cuenta pública anual el estado de las finanzas regionales.
  3. Entregarán al final del mandato un acta de traspaso de gestión con la situación fiscal del GORE
  4. Contar con auditorías externas para fortalecer el control de otras autoridades y la comunidad.
  5. Se otorgan más atribuciones al CORE para fiscalizar el uso de recursos públicos.

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