2013
21
00
00
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
P
2013
21
04
00
SERVICIO NACIONAL DE LA MUJER
P
2013
21
04
06
CHILE ACOGE: VIOLENCIA (01)
01
P
210406
1
INGRESOS
8555219
0
I
P
210406
2
09
APORTE FISCAL
8554719
0
I
P
210406
3
09
- 01
Libre
8554719
0
I
P
210406
4
15
SALDO INICIAL DE CAJA
500
0
I
P
210406
5
GASTOS
8555219
0
G
P
210406
6
21
GASTOS EN PERSONAL
58030
0
G
02
P
210406
7
22
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO
146387
0
G
P
210406
8
24
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
8350302
0
G
03,04
P
210406
9
24
- 01
Al Sector Privado
7491841
0
G
05
P
210406
10
24
- 01
617
Centros de Atención Integral y Prevención VIF
7089389
0
G
P
210406
11
24
- 01
632
Programa Casa de Tratas
93752
0
G
P
210406
12
24
- 01
633
Programa Violencia Sexual
308700
0
G
P
210406
13
24
- 02
Al Gobierno Central
858461
0
G
P
210406
14
24
- 02
001
Servicio Nacional de la Mujer - Programa 01
786498
0
G
06
P
210406
15
24
- 02
005
Policía de Investigaciones de Chile
71963
0
G
P
210406
16
34
SERVICIO DE LA DEUDA
500
0
G
P
210406
17
34
- 07
Deuda Flotante
500
0
G
P
210406
01
Semestralmente, el Servicio Nacional de la Mujer deberá informar a la Comisión Espe-
cial Mixta de Presupuestos sobre los recursos públicos de otros Ministerios y
Servicios Públicos que se invierten en programas de prevención y atención de Vio-
lencia Intrafamiliar, especialmente en el Plan Nacional de Salud Mental y
Siquiatría del Ministerio de Salud y en el Centro de Medidas Cautelares de Familia
del Ministerio de Justicia.
210406
02
Las personas que se contraten con cargo a estos recursos, podrán tener la calidad de
agentes públicos para todos los efectos legales, conforme a lo que se establezca en
los respectivos contratos a honorarios a suma alzada.
210406
03
La transferencia de estos recursos se efectuará sobre la base de los convenios que
suscriba el Servicio Nacional de la Mujer y los organismos ejecutores, en las que se
estipularán las acciones a desarrollar y los demás procedimientos y modalidades que
considere necesarias.
210406
04
La individualización de los proyectos beneficiados con estos recursos y de las per-
sonas o entidades ejecutoras, los montos asignados y la modalidad de asignación de-
berán ser informados trimestralmente a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos
dentro de los treinta días siguientes al término del respectivo trimestre.
210406
05
Con cargo a estos recursos también se podrán celebrar convenios con organismos del
Gobierno Central, los que no se incorporarán en sus respectivos presupuestos, y con
otras entidades públicas.
210406
06
Las entidades públicas con las cuales este programa celebre convenios deberán incor-
porar cursos de formación a los funcionarios de su repartición que realizan activi-
dades directas con los beneficiarios de la prevención y atención de violencia in-
trafamiliar con el fin de asegurar su idoneidad en los fundamentos y principios del
programa.