2012050000MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PUBLICAP2012051000SUBSECRETARIA DEL INTERIORP2012051001SUBSECRETARIA DEL INTERIOR (01)P0510011 INGRESOS26010568.00000.0000I P051001205 TRANSFERENCIAS CORRIENTES10.00000.0000I P051001305- 01
Del Sector Privado10.00000.0000I P051001405- 01
001Donaciones 10.00000.0000I P051001508 OTROS INGRESOS CORRIENTES64498.00000.0000I P051001608- 01
Recuperaciones y Reembolsos por Licencias Médicas64488.00000.0000I P051001708- 99
Otros10.00000.0000I P051001809 APORTE FISCAL25946050.00000.0000I P051001909- 01
Libre25946050.00000.0000I P0510011015 SALDO INICIAL DE CAJA10.00000.0000I P05100111 GASTOS26010568.00000.0000G P0510011221 GASTOS EN PERSONAL8688125.00000.0000G02 P0510011322 BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO3597604.00000.0000G03 P0510011423 PRESTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL10.00000.0000G P0510011523- 01
Prestaciones Previsionales10.00000.0000G P0510011624 TRANSFERENCIAS CORRIENTES7481099.00000.0000G P0510011724- 01
Al Sector Privado2762961.00000.0000G P0510011824- 01
002Asistencia Social (ORASMI) 2139876.00000.0000G04 P0510011924- 01
003Becas 623075.00000.0000G10 P0510012024- 01
023Atención de Daños y Damnificados 10.00000.0000G P0510012124- 03
A Otras Entidades Públicas4718138.00000.0000G P0510012224- 03
002Para Atender Situaciones de Emergencia 66378.00000.0000G05 P0510012324- 03
006Gastos para Elecciones 3128740.00000.0000G06 P0510012424- 03
007Programa de Derechos Humanos 1009020.00000.0000G07 P0510012524- 03
040Programa de Modernización Servicios Dependientes Ministerio del Interior 514000.00000.0000G08 P0510012629 ADQUISICION DE ACTIVOS NO FINANCIEROS75700.00000.0000G P0510012729- 03
Vehículos51400.00000.0000G P0510012829- 04
Mobiliario y Otros5871.00000.0000G P0510012929- 05
Máquinas y Equipos5046.00000.0000G P0510013029- 06
Equipos Informáticos13383.00000.0000G P0510013133 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL6168010.00000.0000G P0510013233- 03
A Otras Entidades Públicas6168010.00000.0000G P0510013333- 03
001Para Atender Situaciones de Emergencia 10.00000.0000G05 P0510013433- 03
002Plan Frontera Norte 6168000.00000.0000G09 P0510013534 SERVICIO DE LA DEUDA10.00000.0000G P0510013634- 07
Deuda Flotante10.00000.0000G P0510013735 SALDO FINAL DE CAJA10.00000.0000G P0510011Dotación Máxima de Vehículos 12
0510012Incluye:
a) Dotación máxima de personal 400
No regirá la limitación establecida en el inciso segundo del
artículo 10 de la Ley N° 18.834 respecto de los empleos a
contrata incluidos en la dotación.
b) Horas extraordinarias año
- Miles de $ 211.357
c) Autorización máxima para gastos en viáticos:
- En territorio nacional, en Miles de $ 102.658
- En el exterior, en Miles de $ 35.346
d) Convenios con personas naturales
- Miles de $ 1.250.218
e) Autorización máxima para cumplimiento artículo septuagésimo tercero
de la Ley N° 19.882, Asignación por Funciones Críticas:
- N° de personas 24
- Miles de $ 519.419
0510013Incluye:
a) Capacitación y perfeccionamiento, Ley N°18.575
- Miles de $ 33.398
b) $ 602.211 miles para gastos reservados, Ley N° 19.863
0510014Incluye:
Hasta $297.617 miles destinados al apoyo e integración en nuestro país, de refugiados,
solicitantes de refugios e inmigrantes en condición de vulnerabilidad debidamente
acreditada que no tengan la condición de refugiados ni solicitantes de refugio, de
acuerdo a convenios que se suscriban entre el Ministerio del Interior y Seguridad
Pública e instituciones públicas y/o privadas sin fines de lucro, los que deberán
contener, a lo menos, las actividades y programas a desarrollar.
Copia de los convenios que se suscriban deberán remitirse, durante de los 30 días
hábiles siguientes a su suscripción, a las Comisiones de Derechos Humanos,
Nacionalidad y Ciudadanía de ambas ramas del Congreso Nacional.
De los restantes recursos, a lo menos dos tercios se utilizarán en regiones distintas
de la Región Metropolitana de Santiago, debiendo garantizarse una distribución
equitativa.
La Subsecretaría del Interior deberá informar trimestralmente a la Comisión
Especial Mixta de Presupuestos la distribución regional y el uso específico de los
recursos mencionados en el inciso anterior, indicando claramente las personas
beneficiadas. Asimismo, para el caso mencionado en el inciso primero, se deberá
agregar además, el desglose de nacionalidad y grupo étnico, cuando corresponda.0510015Para financiar situaciones de emergencia o gastos no previstos, los que deberán ser
definidos por el Ministro o Subsecretario del Interior, pudiendo incluir aportes o
donaciones de bienes a países afectados por catástrofes naturales. Los fondos que
se pongan a disposición de los organismos del Sector Público, no ingresarán a los
presupuestos de éstos.
Las Resoluciones que autoricen gastos para emergencias serán de ejecución inmediata,
sin perjuicio del control de legalidad que a posteriori le corresponda a la Contraloría General de la República.
Si el gasto dispuesto excediere el autorizado en este ítem, el exceso deberá
regularizarse, mediante modificación presupuestaria ingresada a Contraloría General de
la República, dentro de los 60 días siguientes o en su caso, a más tardar el 31 de
diciembre.
Los servicios que sean requeridos a otras entidades públicas por alertas decretadas
con ocasión de incendios forestales u otros hechos catastróficos, podrán ser
contratados con cargo a estos recursos, los que se pondrán a disposición de las
referidas entidades.
El Ministerio del Interior y Seguridad Pública podrá disponer que los bienes que se
adquieran o construyan con estos recursos sean destinados al patrimonio de las
municipalidades o personas afectadas con dicha situación de emergencia.0510016Con cargo a estos recursos se podrá efectuar todo tipo de gastos, incluso en personal,
originados en la organización, transmisión y difusión de cómputos de las elecciones
municipales, así como los gastos previos a las elecciones, relacionados con la
difusión de dichos actos eleccionarios. Además, se podrá transferir fondos a otras
instituciones públicas para el cumplimiento de esta finalidad, los cuales no se
incorporarán al presupuesto del organismo receptor de los fondos. Igualmente, se
podrá financiar con estos recursos los gastos relacionados con la contratación de
servicios de transporte de electores para concurrir a los locales de votación, en
aquellas localidades aisladas que no cuenten con recorridos habituales de locomoción
colectiva interurbana o cuando estos medios sean insuficientes para cubrir la
demanda. Un informe detallado de estos gastos será remitido a la Comisión Especial
Mixta de Presupuestos una vez finalizado el proceso electoral. Asimismo, se podrá
comprometer un mayor gasto de $ 1.542.000 miles por sobre el monto autorizado en
esta asignación, para ser pagados con cargo al ejercicio siguiente.0510017Con cargo a estos recursos se podrá efectuar todo tipo de gastos, incluso en personal,
para la prosecución de las funciones o actividades asignadas al organismo a que se
refiere la Ley N° 19.123 y aquellas que se derivan del artículo 10° transitorio de la
Ley N° 20.405, así como para la conservación y custodia de la documentación y archivos
generados por éste.0510018Con cargo a estos recursos se podrá efectuar todo tipo de gastos, incluso en personal,
para la ejecución de este programa. El Ministerio del Interior y Seguridad Pública
deberá informar trimestralmente a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos respecto
de la utilización de estos recursos, en particular acerca del gasto en personal
incurrido con cargo a estos programas, debiendo igualmente informar en el Banner de
Gobierno Transparente de su página web, especificando en cada caso la entidad
ejecutora del programa a través de la cual se materializó la contratación.0510019Con cargo a estos recursos se podrá efectuar el gasto asociado al Plan.
Incluye $ 83.268 miles para gastos en personal.05100110Para financiar los gastos que demande la ejecución del Programa de Cooperación Internacional del Gobierno de Chile para Policías Uniformadas (CECIPU).