2019
24
PARTIDA : MINISTERIO DE ENERGÍA
P
0
0
0
INGRESOS
128582888
0
128582888
06
RENTAS DE LA PROPIEDAD
154500
0
154500
07
INGRESOS DE OPERACIÓN
3291298
0
3291298
08
OTROS INGRESOS CORRIENTES
1972448
0
1972448
09
APORTE FISCAL
120938004
0
120938004
10
VENTA DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
25965
0
25965
13
TRANSFERENCIAS PARA GASTOS DE CAPITAL
2200673
0
2200673
GASTOS
128582888
0
128582888
21
GASTOS EN PERSONAL
38222770
0
38222770
22
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO
12954548
0
12954548
23
PRESTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL
20
0
20
24
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
66108843
0
66108843
25
INTEGROS AL FISCO
10
0
10
29
ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
1719802
0
1719802
31
INICIATIVAS DE INVERSIÓN
794439
0
794439
33
TRANSFERENCIAS DE CAPITAL
8356598
0
8356598
34
SERVICIO DE LA DEUDA
425858
0
425858
24
01
Asociada al subtítulo 21, Gastos en Personal.
No regirá la limitación establecida en el inciso segundo del artículo 10
del D.F.L. N°29, de 2005, del Ministerio de Hacienda, respecto de los
empleos a contrata incluidos en las dotaciones máximas de esta Partida.
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02
Asociada al Subtítulo 24, Transferencias Corrientes.
El Ministerio entregará un informe trimestral a la Comisión Especial Mixta
de Presupuestos acerca de las siguientes materias, programas y coberturas,
en su caso: implementación de proyectos de todas las energías renovables
no convencionales (ERNC), que hayan ingresado al sistema de evaluación de
impacto ambiental o estén conectados a sistemas mayores; implementación de
la ley de net metering; programas de ahorro y eficiencia energética;
proyectos de leña y formalización gradual de ésta; estado de desarrollo de
proyectos de infraestructura de transmisión eléctrica, y programas de
colectores termosolares.
La información se entregará detallada por Región y localidad.
Asimismo se informará, con copia a la Quinta Subcomisión Especial Mixta
de Presupuestos, acerca de los avances en manejo integrado de cuencas
y de la coordinación con otros programas similares, y respecto de la
implementación de sistemas de net metering y de los incentivos para su
aplicación.
Sin perjuicio de lo señalado anteriormente, se deberá informar semestralmente
a la Comisión de Zonas Extremas y Territorios Especiales del Senado respecto
a proyectos de implementación de ERNC y transformación de la matriz energética
en las regiones de Arica y Parinacota, Aysén, Magallanes y la Provincia de Palena.
24
03
Prorrógase por el año 2019 lo señalado en el Artículo tercero transitorio
de la Ley N° 20.776, que Modifica y Perfecciona la Ley que rige al
Ministerio de Energía.
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04
Asociada al subtítulo 22, Bienes y Servicios de Consumo.
Se informarán trimestralmente a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos:
a)Los gastos imputados a "Capacitación y perfeccionamiento, D.F.L. N°
1-19.653, de 2001, Ministerio Secretaría General de la Presidencia", en
que haya incurrido cada uno de los Servicios de esta Cartera de Estado.
Asimismo, se informará en detalle de los programas de capacitación
efectuados, la nómina de las entidades ejecutoras, su mecanismo de
adjudicación, y funcionarios capacitados, todo lo anterior, desagregado
por programas.
b)Los gastos de publicidad y difusión, imputados al subtítulo 22, ítem 07,
en que haya incurrido cada uno de los Servicios de esta Cartera de Estado.
Asimismo, se informará el detalle del gasto por concepto de publicidad,
difusión o relaciones públicas en general, tales como avisos, promoción
en periódicos, radios, televisión, cines, teatros, revistas, contratos
con agencias publicitarias y/o servicio de exposiciones. Respecto de
éstas, se adjuntará además la nómina de las entidades ejecutoras de
dichas actividades, su mecanismo de contratación y el monto adjudicado,
desagregado por programas.
24
05
Monto máximo para gastos en el ítem de publicidad $1.459.814 miles.
24
06
Asociada al Subtítulo 21, Gastos en Personal.
Se informará trimestralmente, treinta días después del término del trimestre
respectivo, a la Comisión de Trabajo y Previsión Social del Senado, a la
Comisión de Trabajo y Seguridad Social de la Cámara de Diputados y a la
Comisión Especial Mixta de Presupuestos, de los gastos asociados a remunera-
ciones de trabajadores, indicando la calidad jurídica de los contratos y los
porcentajes de tipos de contratación, en relación con el total del personal
y diferenciado según género.
Se informará trimestralmente, treinta días después del término del trimestre
respectivo a la Comisión Especial encargada de conocer iniciativas y tramitar
proyectos de ley relacionados con la mujer y la igualdad de género del Senado,
a la Comisión de Mujeres y Equidad de Género de la Cámara de Diputados y a la
Comisión Especial Mixta de Presupuestos, de la cantidad de trabajadoras mujeres
que hacen uso del permiso de lactancia y de los trabajadores hombres que hacen
uso del permiso parental post natal.
24
07
Trimestralmente, el Ministerio de Energía informará a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos y a la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados, acerca de los montos de dinero mensuales que son implementados directamente por ellos, aquéllos que son ejecutados por medio de convenio marco, licitación pública, licitación privada y trato directo, esto en cada uno de los programas que constituyen esta partida.
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08
Semestralmente, el Ministerio de Energía informará a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos y a la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados, acerca de los montos gastados mensualmente en la generación de software informáticos creados por ellos mismos y los montos de gasto mensual en software que son producidos o creados por entidades externas, ya sea por medio de convenio marco, licitación pública, licitación privada y trato directo.
24
09
Semestralmente, el Ministerio de Energía comunicará a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos y a la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados, acerca de los montos de dinero gastados mensualmente en el almacenamiento informático de información, con indicación expresa de las cantidades correspondientes a sistemas creados por el gobierno, y aquéllos que se han adjudicado a empresas externas por medio de convenio marco, licitación pública, licitación privada y trato directo, esto en cada uno de los programas.
24
10
Semestralmente, el Ministerio de Energía informará a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos y a la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados el listado mensual de los proyectos que dentro de los programas de esta partida han sido concesionados, fecha de inicio de la concesión, el tiempo de duración de la misma y el monto de inversiones.
24
11
Semestralmente, el Ministerio de Energía informará a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos y a la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados cuáles son los mecanismos de asignación presupuestaria de cada programa que conforma esta partida.
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12
Semestralmente, el Ministerio de Energía informará a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos y a la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados la cantidad de trabajadores que ha contratado a honorarios, la duración media y promedio de cada contrato, así como el número de veces que ha sido contratado bajo esta modalidad por la entidad pública referida.
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13
Semestralmente, el Ministerio de Energía informará a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos y a la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados la cantidad de mujeres que han sido contratadas a honorarios, contrata y planta, así como el número de ellas que hay por estamento.
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14
Se informará trimestralmente, treinta días después del trimestre respectivo,
a la Comisión de Salud del Senado, a la Comisión de Salud de la Cámara de
Diputados y a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos, de la cantidad
de reembolsos por licencias médicas que pudieran ser consideradas como
enfermedades laborales. La información deberá detallar los días de
ausentismo y el número de funcionarios que presentan licencias,
diferenciado según género.
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15
Asociada al Subtítulo 22, Bienes y Servicios de Consumo.
Se informará trimestralmente, a más tardar 30 días después del término
del trimestre respectivo, a la Comisión de Vivienda y Urbanismo del Senado,
a la Comisión de Vivienda, Desarrollo Urbano y Bienes Nacionales de la Cámara
de Diputados y a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos, de los gastos
asociados al arriendo de terrenos u otros bienes inmuebles que sirvan de
dependencias para las actividades propias del Ministerio.