2019
16
00
00
MINISTERIO DE SALUD
P
2019
16
39
00
SERVICIO DE SALUD DEL RELONCAVÍ
P
2019
16
39
01
SERVICIO DE SALUD DEL RELONCAVÍ (01)
01
P
163901
1
INGRESOS
169687120
0
I
P
163901
2
05
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
166715918
0
I
P
163901
3
05
- 02
Del Gobierno Central
166715918
0
I
P
163901
4
05
- 02
007
Fondo Nacional de Salud - Atención Primaria
46460260
0
I
P
163901
5
05
- 02
008
Fondo Nacional de Salud - Prestaciones Valoradas
62768546
0
I
P
163901
6
05
- 02
009
Fondo Nacional de Salud - Prestaciones Institucionales
57220410
0
I
P
163901
7
05
- 02
010
Subsecretaría de Salud Pública
266702
0
I
P
163901
8
07
INGRESOS DE OPERACIÓN
1289638
0
I
P
163901
9
08
OTROS INGRESOS CORRIENTES
1364532
0
I
P
163901
10
08
- 01
Recuperaciones y Reembolsos por Licencias Médicas
975428
0
I
P
163901
11
08
- 99
Otros
389104
0
I
P
163901
12
12
RECUPERACIÓN DE PRÉSTAMOS
301214
0
I
P
163901
13
12
- 10
Ingresos por Percibir
301214
0
I
P
163901
14
15
SALDO INICIAL DE CAJA
15818
0
I
P
163901
15
GASTOS
169687120
0
G
P
163901
16
21
GASTOS EN PERSONAL
87954954
0
G
02
P
163901
17
22
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO
42220542
0
G
03
P
163901
18
23
PRESTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL
2786
0
G
P
163901
19
23
- 02
Prestaciones de Asistencia Social
2786
0
G
P
163901
20
23
- 02
004
Ayudas Económicas y Otros Pagos Preventivos
2786
0
G
P
163901
21
24
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
39493016
0
G
P
163901
22
24
- 01
Al Sector Privado
42878
0
G
P
163901
23
24
- 01
395
Programa Especial de Salud de los Pueblos Indígenas
37911
0
G
P
163901
24
24
- 01
461
Centros de Prevención de Alcoholismo y Salud Mental
4967
0
G
P
163901
25
24
- 03
A Otras Entidades Públicas
39450138
0
G
P
163901
26
24
- 03
298
Atención Primaria, Ley N° 19.378
39450138
0
G
P
163901
27
35
SALDO FINAL DE CAJA
15822
0
G
P
163901
01
Dotación Máxima de Vehículos 61
163901
02
Incluye:
a) Dotación máxima de Personal
a1) Dotación máxima de personal D.F.L. N° 29, de 2005, Ministerio de Hacienda
- N° de cargos 2.948
a2) Dotación máxima de personal Ley N° 19.664
(personal diurno)
- N° de horas semanales 21.714
a3) Dotación máxima de personal Ley N° 15.076
(personal con 28 horas)
- N° de cargos 181
- N° de horas semanales 5.068
Incluye, 4 cargos en el Programa de Enfermería Rural que se desempeñarán de
acuerdo al régimen de remuneraciones del D.L. N° 249, de 1974.
Durante el año 2019, la cantidad máxima de funcionarios que tendrá
derecho a percibir la asignación dispuesta por la Ley N° 19.264 será de
770.
b) Horas extraordinarias y Asignación de Turno
b1) Horas extraordinarias año
- Miles de $ 729.752
b2) Asignación de Turno, establecida en el artículo 94 del DFL N° 1,
(S), de 2005
- Miles de $ 6.760.178
- N° máximo de funcionarios afectos al sistema de turno integrado por
cuatro funcionarios 1.668
- N° máximo de funcionarios afectos al sistema de turno integrado por
tres funcionarios 172
c) Bonificación Compensatoria de la Asignación de Turno establecida en el
artículo decimotercero transitorio de la Ley N° 19.937.
- Miles de $ 141.591
d) Autorización máxima para gastos en viáticos, en territorio nacional
- Miles de $ 188.629
e) Convenios con personas naturales
e1) Personas asimiladas al D.F.L. N° 29, de 2005, Ministerio de Hacienda
- N° de personas 201
- Miles de $ 1.210.629
e2) Contratos con personal asimilado de conformidad a
las Leyes N°s 19.664 o 15.076
- N° de contratos 53
- Miles de $ 794.396
f) Autorización máxima para cumplimiento artículo septuagésimo tercero de
la Ley N° 19.882, Asignación por Funciones Críticas:
- N° de personas 10
- Miles de $ 96.844
g) Autorización máxima para cumplimiento artículo 98 DFL N° 1, (S), de
2005, Asignación de Responsabilidad:
- N° de personas 88
- Miles de $ 85.432
Los cupos máximos por tipo de establecimiento y el valor individual
anual de la asignación, deberán ser aprobados por Resolución del
Director del Servicio de Salud correspondiente y ajustarse a lo estable-
cido en el inciso segundo del artículo 100 del DFL N° 1, (S), de 2005.
h) Autorización máxima para la aplicación del Art. 35 de la Ley N°19.664,
Asignacion de Estímulo:
- Miles de $ 3.658.526
Mediante Resolución fundada de los directores de los Servicios de Salud,
se establecerán las causales y los porcentajes específicos asignados
para cada uno de los conceptos que componen la Asignacion de Estímulo,
de acuerdo con el reglamento contenido en el Decreto N°847 de 2001, del
Ministerio de Salud, con las necesidades de los establecimientos de su
dependencia y las disponibilidad presupuestaria establecida en la glosa.
163901
03
Incluye :
Capacitación y Perfeccionamiento, D.F.L.N°1-19.653,de 2001,Ministerio
Secretaría General de la Presidencia y Leyes N°s 15.076 y 19.664
- Miles de $ 155.608