2019
16
00
00
MINISTERIO DE SALUD
P
2019
16
20
00
SERVICIO DE SALUD ARICA
P
2019
16
20
01
SERVICIO DE SALUD ARICA (01)
01
P
162001
1
INGRESOS
74253678
0
I
P
162001
2
05
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
71216167
0
I
P
162001
3
05
- 02
Del Gobierno Central
71216167
0
I
P
162001
4
05
- 02
007
Fondo Nacional de Salud - Atención Primaria
22321086
0
I
P
162001
5
05
- 02
008
Fondo Nacional de Salud - Prestaciones Valoradas
24679155
0
I
P
162001
6
05
- 02
009
Fondo Nacional de Salud - Prestaciones Institucionales
22469064
0
I
P
162001
7
05
- 02
010
Subsecretaría de Salud Pública
1746862
0
I
P
162001
8
06
RENTAS DE LA PROPIEDAD
798
0
I
P
162001
9
07
INGRESOS DE OPERACIÓN
1895918
0
I
P
162001
10
08
OTROS INGRESOS CORRIENTES
965190
0
I
P
162001
11
08
- 01
Recuperaciones y Reembolsos por Licencias Médicas
846658
0
I
P
162001
12
08
- 99
Otros
118532
0
I
P
162001
13
12
RECUPERACIÓN DE PRÉSTAMOS
168769
0
I
P
162001
14
12
- 10
Ingresos por Percibir
168769
0
I
P
162001
15
15
SALDO INICIAL DE CAJA
6836
0
I
P
162001
16
GASTOS
74253678
0
G
P
162001
17
21
GASTOS EN PERSONAL
37847062
0
G
02
P
162001
18
22
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO
16416804
0
G
03
P
162001
19
23
PRESTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL
835
0
G
P
162001
20
23
- 02
Prestaciones de Asistencia Social
835
0
G
P
162001
21
23
- 02
004
Ayudas Económicas y Otros Pagos Preventivos
835
0
G
P
162001
22
24
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
19982141
0
G
P
162001
23
24
- 01
Al Sector Privado
47844
0
G
P
162001
24
24
- 01
395
Programa Especial de Salud de los Pueblos Indígenas
43327
0
G
P
162001
25
24
- 01
461
Centros de Prevención de Alcoholismo y Salud Mental
4517
0
G
P
162001
26
24
- 03
A Otras Entidades Públicas
19934297
0
G
P
162001
27
24
- 03
298
Atención Primaria, Ley N° 19.378
19934297
0
G
P
162001
28
35
SALDO FINAL DE CAJA
6836
0
G
P
162001
01
Dotación Máxima de Vehículos 23
162001
02
Incluye:
a) Dotación máxima de Personal
a1) Dotación máxima de personal D.F.L. N° 29, de 2005, Ministerio de Hacienda
- N° de cargos 1.344
a2) Dotación máxima de personal Ley N° 19.664
(personal diurno)
- N° de horas semanales 9.660
a3) Dotación máxima de personal Ley N° 15.076
(personal con 28 horas)
- N° de cargos 72
- N° de horas semanales 2.016
Incluye, en la dotación máxima de personal D.F.L. N° 29, de 2005,
Ministerio de Hacienda, hasta 1 cargo que podrá desempeñarse
indistintamente de acuerdo al régimen de remuneraciones del D.L. N° 249,
de 1974, o de la Ley N° 15.076 o Ley N° 19.664, con 33 horas semanales
y 4 cargos en el Programa de Enfermería Rural que se desempeñarán de
acuerdo al régimen de remuneraciones del citado decreto ley.
Durante el año 2019, la cantidad máxima de funcionarios que tendrá
derecho a percibir la asignación dispuesta por la Ley N° 19.264 será de
301.
b) Horas extraordinarias y Asignación de Turno
b1) Horas extraordinarias año
- Miles de $ 445.643
b2) Asignación de Turno, establecida en el artículo 94 del DFL N° 1,
(S), de 2005
- Miles de $ 1.812.953
- N° máximo de funcionarios afectos al sistema de turno integrado por
cuatro funcionarios 260
- N° máximo de funcionarios afectos al sistema de turno integrado por
tres funcionarios 249
c) Bonificación Compensatoria de la Asignación de Turno establecida en el
artículo decimotercero transitorio de la Ley N° 19.937.
- Miles de $ 91.449
d) Autorización máxima para gastos en viáticos, en territorio nacional
- Miles de $ 79.934
e) Convenios con personas naturales
e1) Personas asimiladas al D.F.L. N° 29, de 2005, Ministerio de Hacienda
- N° de personas 86
- Miles de $ 487.774
e2) Contratos con personal asimilado de conformidad a
las Leyes N°s 19.664 o 15.076
- N° de contratos 34
- Miles de $ 875.493
f) Autorización máxima para cumplimiento artículo septuagésimo tercero de
la Ley N° 19.882, Asignación por Funciones Críticas:
- N° de personas 6
- Miles de $ 49.964
g) Autorización máxima para cumplimiento artículo 98 DFL N°1, (S), de
2005, Asignación de Responsabilidad:
- N° de personas 24
- Miles de $ 28.793
Los cupos máximos por tipo de establecimiento y el valor individual
anual de la asignación, deberán ser aprobados por Resolución del
Director del Servicio de Salud correspondiente y ajustarse a lo estable-
cido en el inciso segundo del artículo 100 del DFL N° 1, (S), de 2005.
h) Autorización máxima para la aplicación del Art. 35 de la Ley N°19.664,
Asignacion de Estímulo:
- Miles de $ 1.847.890
Mediante Resolución fundada de los directores de los Servicios de Salud,
se establecerán las causales y los porcentajes específicos asignados
para cada uno de los conceptos que componen la Asignacion de Estímulo,
de acuerdo con el reglamento contenido en el Decreto N°847 de 2001, del
Ministerio de Salud, con las necesidades de los establecimientos de su
dependencia y las disponibilidad presupuestaria establecida en la glosa.
162001
03
Incluye :
Capacitación y Perfeccionamiento, D.F.L.N°1-19.653,de 2001,Ministerio
Secretaría General de la Presidencia y Leyes N°s 15.076 y 19.664
- Miles de $ 98.614