2019
13
00
00
MINISTERIO DE AGRICULTURA
P
2019
13
01
00
SUBSECRETARÍA DE AGRICULTURA
P
2019
13
01
01
SUBSECRETARÍA DE AGRICULTURA (01,02)
01,02
P
130101
1
INGRESOS
30297754
0
I
P
130101
2
05
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
10
0
I
P
130101
3
05
- 01
Del Sector Privado
10
0
I
P
130101
4
05
- 01
003
Administradora de Fondos para Bonificación por Retiro
10
0
I
P
130101
5
08
OTROS INGRESOS CORRIENTES
81243
0
I
P
130101
6
08
- 01
Recuperaciones y Reembolsos por Licencias Médicas
72472
0
I
P
130101
7
08
- 99
Otros
8771
0
I
P
130101
8
09
APORTE FISCAL
30216501
0
I
P
130101
9
09
- 01
Libre
30216501
0
I
P
130101
10
GASTOS
30297754
0
G
P
130101
11
21
GASTOS EN PERSONAL
6700793
0
G
03
P
130101
12
22
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO
1399137
0
G
04
P
130101
13
23
PRESTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL
10
0
G
P
130101
14
23
- 03
Prestaciones Sociales del Empleador
10
0
G
P
130101
15
24
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
21803506
0
G
P
130101
16
24
- 01
Al Sector Privado
1267193
0
G
P
130101
17
24
- 01
368
Fundación de Comunicaciones del Agro
619821
0
G
05
P
130101
18
24
- 01
369
Emergencias Agrícolas
10
0
G
06
P
130101
19
24
- 01
370
Programa de Apoyo a la Educación Agrícola y Rural
298204
0
G
07
P
130101
20
24
- 01
377
Red Agroclimática Nacional
296671
0
G
08
P
130101
21
24
- 01
381
Consorcio Lechero S.A.
16508
0
G
P
130101
22
24
- 01
382
Corporación Cinco al Día
35979
0
G
P
130101
23
24
- 02
Al Gobierno Central
19948847
0
G
09
P
130101
24
24
- 02
001
Programa Promoción de Exportaciones - DIRECON
9329678
0
G
P
130101
25
24
- 02
002
Corporación de Fomento de la Producción
4389246
0
G
P
130101
26
24
- 02
006
Corporación de Fomento de la Producción - Seguro Agrícola
6229923
0
G
P
130101
27
24
- 03
A Otras Entidades Públicas
543348
0
G
P
130101
28
24
- 03
383
Apoyo a la Comercialización de Pequeños Productores de Trigo
520584
0
G
10
P
130101
29
24
- 03
384
Facultad de Ciencias Veterinarias y Pecuarias - Universidad de Chile
22764
0
G
P
130101
30
24
- 07
A Organismos Internacionales
44118
0
G
P
130101
31
24
- 07
002
Fondo Latinoamericano de Arroces para Riego
13218
0
G
P
130101
32
24
- 07
003
Organización para la Agricultura y la Alimentación - ONU
30900
0
G
P
130101
33
29
ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
394308
0
G
P
130101
34
29
- 03
Vehículos
14935
0
G
P
130101
35
29
- 04
Mobiliario y Otros
19519
0
G
P
130101
36
29
- 05
Máquinas y Equipos
9560
0
G
P
130101
37
29
- 06
Equipos Informáticos
160371
0
G
P
130101
38
29
- 07
Programas Informáticos
189923
0
G
P
130101
01
Dotación Máxima de Vehículos 24
130101
02
Se publicará y actualizará periódicamente, en la página web de la
Subsecretaría de Agricultura, lo siguiente:
a) Contratación de Consultores.
b) Asignación de todos los programas mencionados, indicando beneficiarios
individualizados por comuna y región.
La Subsecretaría de Agricultura deberá enviar trimestralmente a la
Comisión de Agricultura, Silvicultura y Desarrollo Rural de la Cámara de
Diputados un informe de la ejecución presupuestaria de los programas y
proyectos que dependen de ella.
130101
03
Incluye :
a) Dotación máxima de personal 188
El personal a contrata podrá desempeñar funciones de carácter directivo
que se le asignen o deleguen, mediante resolución fundada del Jefe de
Servicio, en la que deberá precisarse las referidas funciones. Dicho
personal no podrá exceder de 20 funcionarios.
b) Horas extraordinarias año
- Miles de $ 33.737
c) Autorización máxima para gastos en viáticos
- En Territorio Nacional en Miles de $ 91.486
- En el Exterior en Miles de $ 23.525
d) Convenios con personas naturales
- N° de personas 78
- Miles de $ 1.496.045
Del total del personal que se contrate, tres de ellos podrá tener la
calidad de Agente Público para efectos de lo dispuesto en el D.L. N°799
de 1974, y para perseguir la responsabilidad administrativa y penal que
pueda derivarse del ejercicio de tales funciones.
e) Autorización máxima para cumplimiento artículo septuagésimo tercero
de la Ley N° 19.882, Asignación por Funciones Críticas:
- N° de personas 28
- Miles de $ 384.739
130101
04
Incluye
Capacitación y perfeccionamiento, D.F.L. N°1-19.653, de 2001, Ministerio
Secretaría General de la Presidencia
- Miles de $ 26.195
130101
05
Estos recursos serán transferidos conforme al convenio suscrito entre la
institución y el organismo receptor, en el cual deberá estipularse, a lo
menos, las acciones a desarrollar, las metas, plazos y forma de rendir
cuenta de su uso.
Con cargo a esta asignación se podrá efectuar gastos en personal y bienes
y servicios de consumo. Incluye hasta $ 331.336 miles para gastos en
personal.
La institución deberá publicar en su página web el convenio y el organismo
receptor deberá incorporar en su página web información trimestral sobre
sus estados financieros y una memoria anual de sus actividades, incluyendo
su balance.
130101
06
Para financiar situaciones o gastos no previstos causados por fenómenos
climáticos y/o catástrofes naturales y/o situaciones de emergencia o de
daño productivo que afecten a productores agrícolas y habitantes rurales,
los que deberán ser definidos por resolución fundada del Ministro de
Agricultura, con copia a la Dirección de Presupuestos, los que no podrán
comprometer recursos para los años siguientes.
Con cargo a esta asignación se podrán transferir recursos a entidades
públicas y privadas, los que no ingresarán a sus presupuestos en el caso
de las entidades públicas incluidas en la Ley de Presupuestos.
Se podrá efectuar todo tipo de gastos, incluso en personal y bienes y
servicios de consumo, originados en la organización. El personal a
honorarios podrá tener la calidad de Agente Público para efectos de lo
dispuesto en el D.L. N°799 de 1974, y para perseguir la responsabilidad
administrativa y penal que pueda derivarse del ejercicio de tales
funciones.
La transferencia de recursos, a entidades públicas y privadas, estará
sujeta a la firma de convenios, con especificación de montos, plazos y
objetivos de los proyectos, acciones o actividades a financiar, así como
los formatos de rendición y auditoría.
Los gastos asociados a esta asignación podrán excederse hasta el mes de
Octubre, con el objeto de otorgar continuidad al pago de las acciones que
las emergencias demanden. Los excesos correspondientes deberán
regularizarse presupuestariamente en el cuatrimestre en que se produzcan,
y para el último cuatrimestre, a más tardar el 30 de Noviembre, pudiendo
reasignar recursos desde cualquier subtítulo de la Partida, excluidos
Préstamos y Servicio de la Deuda.
130101
07
Con cargo a estos recursos se podrán celebrar convenios de transferencias
con instituciones de educación agrícola y/o rural públicas o privadas. Se
deberá publicar el nombre de las instituciones mencionadas en el sitio web
del Ministerio de Agricultura. En dichos convenios se fijarán los
objetivos y metas de las actividades a financiar, así como los formatos
de rendición y auditoría.
130101
08
Con cargo a esta asignación se podrán efectuar gastos para las iniciativas
derivadas de la Red Agroclimática Nacional, incluyendo personal y bienes
y servicios de consumo. Los gastos en personal no podrán superar los
$ 95.652 miles.
La transferencia de estos recursos se efectuará mediante convenios entre
la Subsecretaría y la entidad receptora, con especificación de montos,
plazos y objetivos específicos de los proyectos a financiar, y formas de
rendir cuentas de su uso.
Antes del 31 de marzo de 2019 la Subsecretaría de Agricultura deberá
enviar a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos un informe en el que
se dé cuenta de los contenidos de este Programa, sus objetivos, metas y
mecanismos de evaluación.
130101
09
Con cargo a esta asignación se transferirán recursos sujetos a la firma de
Convenios con la entidad receptora, especificando montos, plazos y
objetivos específicos de los proyectos a financiar.
Las modificaciones e incorporaciones de nuevas coberturas, productos y
rubros al Seguro Agrícola, deberán contar con la autorización previa de la
Dirección de Presupuestos.
La Subsecretaría de Agricultura deberá informar trimestralmente, dentro de
los treinta días siguientes al término del trimestre respectivo, a la
Comisión Especial Mixta de Presupuestos de la ejecución presupuestaria de
los proyectos financiados con estos recursos así como del cumplimiento
de los objetivos fijados en los mismos.
Se publicará, y actualizará periódicamente, en la página web de la
Subsecretaría de Agricultura copia de los convenios suscritos y de la
información financiera y de gestión relativa a ellos.
130101
10
Con cargo a estos recursos se podrán suscribir Convenios, entre otros, con
instituciones consideradas en la Ley de Presupuestos, empresas del sector
público, y también instituciones y empresas del sector privado, en los que
se definirá, a lo menos, las acciones a desarrollar, los beneficiarios,
los montos transferidos y la forma de rendir cuenta de su uso, entre
otros. Tratándose de instituciones incluidas en la Ley de Presupuestos,
los recursos transferidos no ingresarán a sus presupuestos.
La Subsecretaría de Agricultura deberá informar trimestralmente a la
Comisión Especial Mixta de Presupuestos sobre la ejecución de los
recursos, el cronograma de implementación, avances y resultados de este
Programa, nivel de cumplimiento de metas comprometidas, así como la nómina
de entidades a quienes se les transfieren estos recursos y los mecanismos
para su adjudicación.