2019
12
00
00
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
P
2019
12
02
00
DIRECCIÓN GENERAL DE OBRAS PÚBLICAS
P
2019
12
02
03
DIRECCIÓN DE OBRAS HIDRÁULICAS (01,08,09,10)
01,08,09,10
P
120203
1
INGRESOS
145489061
0
I
P
120203
2
06
RENTAS DE LA PROPIEDAD
14523
0
I
P
120203
3
07
INGRESOS DE OPERACIÓN
1030
0
I
P
120203
4
08
OTROS INGRESOS CORRIENTES
152749
0
I
P
120203
5
08
- 01
Recuperaciones y Reembolsos por Licencias Médicas
57371
0
I
P
120203
6
08
- 02
Multas y Sanciones Pecuniarias
95378
0
I
P
120203
7
09
APORTE FISCAL
145293764
0
I
P
120203
8
09
- 01
Libre
145293764
0
I
P
120203
9
10
VENTA DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
16995
0
I
P
120203
10
10
- 03
Vehículos
15450
0
I
P
120203
11
10
- 04
Mobiliario y Otros
1030
0
I
P
120203
12
10
- 06
Equipos Informáticos
515
0
I
P
120203
13
15
SALDO INICIAL DE CAJA
10000
0
I
P
120203
14
GASTOS
145489061
0
G
P
120203
15
21
GASTOS EN PERSONAL
14971530
0
G
02
P
120203
16
22
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO
1069738
0
G
03
P
120203
17
23
PRESTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL
138726
0
G
P
120203
18
23
- 01
Prestaciones Previsionales
138726
0
G
P
120203
19
29
ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
115465
0
G
P
120203
20
29
- 03
Vehículos
49440
0
G
P
120203
21
29
- 04
Mobiliario y Otros
13390
0
G
P
120203
22
29
- 05
Máquinas y Equipos
27098
0
G
P
120203
23
29
- 06
Equipos Informáticos
20633
0
G
P
120203
24
29
- 07
Programas Informáticos
4904
0
G
P
120203
25
31
INICIATIVAS DE INVERSIÓN
129182602
0
G
04,05
P
120203
26
31
- 01
Estudios Básicos
89288
0
G
06
P
120203
27
31
- 02
Proyectos
129093314
0
G
07
P
120203
28
34
SERVICIO DE LA DEUDA
1000
0
G
P
120203
29
34
- 07
Deuda Flotante
1000
0
G
P
120203
30
35
SALDO FINAL DE CAJA
10000
0
G
P
120203
01
Dotación Máxima de Vehículos 84
120203
02
Incluye :
a) Dotación máxima de personal 600
b) Horas extraordinarias año
- Miles de $ 122.378
c) Autorización máxima para gastos en viáticos
- En Territorio Nacional en Miles de $ 891.483
- En el Exterior en Miles de $ 11.962
d) Convenios con personas naturales
- N° de personas 59
- Miles de $ 1.336.703
e) Autorización máxima para cumplimiento artículo septuagésimo tercero
de la Ley N° 19.882, Asignación por Funciones Críticas:
- N° de personas 31
- Miles de $ 231.545
120203
03
Incluye :
Capacitación y perfeccionamiento, D.F.L N°1-19.653, de 2001,
Ministerio Secretaría General de la Presidencia
- Miles de $ 48.905
120203
04
Incluye $ 17.847.575 miles, para el Programa de Defensas Fluviales, el
que podrá incorporar, entre otras soluciones técnicas, aquellas
relativas a forestación de riberas y de cauces. Los proyectos nuevos
que se financien con estos recursos podrán ser objeto de convenios
con los respectivos Gobiernos Regionales, en los que se podrá
considerar un aporte regional.
Se informará trimestralmente a la Quinta Subcomisión Especial Mixta de
Presupuestos acerca de las superficies forestadas y las hectáreas y
obras protegidas y en lo relativo al manejo integrado de cuencas.
120203
05
Incluye $ 175.674 miles, para gastos derivados de las funciones
del Servicio en la aplicación de la Ley N° 18.450. Estos gastos,
deberán ser visados trimestralmente por la Secretaría Ejecutiva
de la Comisión Nacional de Riego.
Los honorarios que se contraten con cargo a estos recursos tendrán la
calidad de Agentes Públicos, para todos los efectos administrativos y
penales.
Asimismo, los diseños y obras de riego que ejecute la Dirección de
Obras Hidráulicas, cuyos costos sean superiores a UF 30.000 e
inferiores a UF 450.000, deberán contar con la visación previa de
dicha Comisión Nacional de Riego.
120203
06
Trimestralmente se deberá informar a la Comisión Especial Mixta de
Presupuestos el detalle de los estudios financiados con estos
recursos, sus objetivos y avances. Dicha información será remitida
dentro de los treinta días siguientes al término del respectivo
trimestre.
120203
07
Se deberá informar semestralmente a la Comisión Especial Mixta de
Presupuestos sobre los recursos que sean destinados para financiar
proyectos de inversión para la reconstrucción en la Región de Atacama.
También se deberá informar los recursos destinados al desarrollo
de embalses en la Región de Valparaíso, en especial los de Catemu,
Las Palmas y Los Ángeles. Esto considerando la escasez hídrica
decretada en diez comunas de la zona.
120203
08
El Ministerio de Obras Públicas deberá informar trimestralmente a la Comisión Especial
Mixta de Presupuestos, a la Comisión de Obras Públicas del Senado y de la Cámara de
Diputados, a la Comisión Especial sobre Recursos Hídricos, Desertificación y Sequía del
Senado y a la Comisión Especial sobre Recursos Hídricos y Desertificación de la Cámara
de Diputados, los proyectos, informes y estudios técnicos realizados sobre nuevos
embalses y otras obras hidráulicas en la Quinta Región de Valparaíso.
120203
09
Se informará trimestralmente, treinta días después del término del trimestre
respectivo a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos, a la Comisión de
Obras Públicas del Senado y de la Cámara de Diputados, a la Comisión Especial
sobre Recursos Hídricos, Desertificación y Sequía del Senado y a la Comisión
Especial sobre Recursos Hídricos y Desertificación de la Cámara de Diputados,
detallando por regiones y comunas la cantidad de metros cúbicos de agua potable
que se entrega a través de camiones aljibes, indicando los gastos asociados a
cada una de las etapas del programa.
120203
10
La Dirección deberá informar trimestralmente a la Comisión Especial Mixta
de Presupuestos, treinta días después del término del trimestre respectivo,
de los estudios que se encarguen o se realicen para determinar cuáles son
los trabajos de mantención necesarios en el estero Nonguén de Concepción.