2018
16
00
00
MINISTERIO DE SALUD
P
2018
16
25
00
SERVICIO DE SALUD VALPARAÍSO - SAN ANTONIO
P
2018
16
25
01
SERVICIO DE SALUD VALPARAÍSO - SAN ANTONIO (01)
01
P
162501
1
INGRESOS
161512415
0
I
P
162501
2
05
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
155955189
0
I
P
162501
3
05
- 02
Del Gobierno Central
155955189
0
I
P
162501
4
05
- 02
007
Fondo Nacional de Salud - Atención Primaria
44381684
0
I
P
162501
5
05
- 02
008
Fondo Nacional de Salud - Prestaciones Valoradas
51702635
0
I
P
162501
6
05
- 02
009
Fondo Nacional de Salud - Prestaciones Institucionales
59565451
0
I
P
162501
7
05
- 02
010
Subsecretaría de Salud Pública
305419
0
I
P
162501
8
06
RENTAS DE LA PROPIEDAD
66344
0
I
P
162501
9
07
INGRESOS DE OPERACIÓN
2627636
0
I
P
162501
10
08
OTROS INGRESOS CORRIENTES
2464556
0
I
P
162501
11
08
- 01
Recuperaciones y Reembolsos por Licencias Médicas
2223194
0
I
P
162501
12
08
- 02
Multas y Sanciones Pecuniarias
8936
0
I
P
162501
13
08
- 99
Otros
232426
0
I
P
162501
14
12
RECUPERACIÓN DE PRÉSTAMOS
378620
0
I
P
162501
15
12
- 10
Ingresos por Percibir
378620
0
I
P
162501
16
15
SALDO INICIAL DE CAJA
20070
0
I
P
162501
17
GASTOS
161512415
0
G
P
162501
18
21
GASTOS EN PERSONAL
83961365
0
G
02
P
162501
19
22
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO
38618232
0
G
03
P
162501
20
23
PRESTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL
5538
0
G
P
162501
21
23
- 02
Prestaciones de Asistencia Social
5538
0
G
P
162501
22
23
- 02
004
Ayudas Económicas y Otros Pagos Preventivos
5538
0
G
P
162501
23
24
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
38515581
0
G
P
162501
24
24
- 01
Al Sector Privado
47989
0
G
P
162501
25
24
- 01
395
Programa Especial de Salud de los Pueblos Indígenas
41822
0
G
P
162501
26
24
- 01
461
Centros de Prevención de Alcoholismo y Salud Mental
6167
0
G
P
162501
27
24
- 03
A Otras Entidades Públicas
38467592
0
G
P
162501
28
24
- 03
298
Atención Primaria, Ley N° 19.378
38467592
0
G
P
162501
29
29
ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
391616
0
G
P
162501
30
29
- 05
Máquinas y Equipos
391616
0
G
P
162501
31
35
SALDO FINAL DE CAJA
20083
0
G
P
162501
01
Dotación Máxima de Vehículos 70
162501
02
Incluye:
a) Dotación máxima de Personal
a1) Dotación máxima de personal Ley N° 18.834
- N° de cargos 3.460
a2) Dotación máxima de personal Ley N° 19.664
(personal diurno)
- N° de horas semanales 18.649
a3) Dotación máxima de personal Ley N° 15.076
(personal con 28 horas)
- N° de cargos 201
- N° de horas semanales 5.628
Incluye, en la dotación máxima de personal Ley N° 18.834, hasta 3
cargos que podrán desempeñarse indistintamente de acuerdo al régimen de
remuneraciones del D.L. N° 249, de 1974, o de la Ley N° 15.076 o Ley N°
19.664, con 33 horas semanales y 5 cargos en el Programa de Enfermería
Rural que se desempeñarán de acuerdo al régimen de remuneraciones del
citado decreto ley.
Durante el año 2018, la cantidad máxima de funcionarios que tendrá
derecho a percibir la asignación dispuesta por la Ley N° 19.264 será de
776.
b) Horas extraordinarias y Asignación de Turno
b1) Horas extraordinarias año
- Miles de $ 2.135.032
b2) Asignación de Turno, establecida en el artículo 94 del DFL N° 1,
(S), de 2005
- Miles de $ 3.810.443
- N° máximo de funcionarios afectos al sistema de turno integrado por
cuatro funcionarios 1.131
- N° máximo de funcionarios afectos al sistema de turno integrado por
tres funcionarios 270
c) Bonificación Compensatoria de la Asignación de Turno establecida en el
artículo decimotercero transitorio de la Ley N° 19.937.
- Miles de $ 278.673
d) Autorización máxima para gastos en viáticos, en territorio nacional
- Miles de $ 156.118
e) Convenios con personas naturales
e1) Personas asimiladas a la Ley N° 18.834
- N° de personas 285
- Miles de $ 1.040.583
e2) Contratos con personal asimilado a las Leyes N°s 19.664 o 15.076
- N° de contratos 94
- Miles de $ 1.789.312
f) Autorización máxima para cumplimiento artículo septuagésimo tercero de
la Ley N° 19.882, Asignación por Funciones Críticas:
- N° de personas 12
- Miles de $ 104.204
g) Autorización máxima para cumplimiento artículo 98 DFL N° 1, (S), de
2005, Asignación de Responsabilidad:
- N° de personas 104
- Miles de $ 109.080
Los cupos máximos por tipo de establecimiento y el valor individual
anual de la asignación, deberán ser aprobados por Resolución del
Director del Servicio de Salud correspondiente y ajustarse a lo estable-
cido en el inciso segundo del artículo 100 del DFL N° 1, (S), de 2005.
h) Autorización máxima para la aplicación del Art. 35 de la Ley N°19.664,
Asignación de Estímulo:
- Miles de $ 2.610.692
Mediante Resolución fundada de los directores de los Servicios de Salud,
se establecerán las causales y los porcentajes específicos asignados
para cada uno de los conceptos que componen la Asignación de Estímulo,
de acuerdo con el reglamento contenido en el Decreto N°847 de 2001, del
Ministerio de Salud, con las necesidades de los establecimientos de su
dependencia y la disponibilidad presupuestaria establecida en la glosa.
162501
03
Incluye :
Capacitación y Perfeccionamiento, Leyes N°s 18.575, 15.076 y 19.664
- Miles de $ 260.946