2017
23
00
00
MINISTERIO PÚBLICO
P
2017
23
01
00
MINISTERIO PÚBLICO
P
2017
23
01
01
MINISTERIO PÚBLICO (01,02,03,04,05,06,07)
01,02,03,04,05,06,07
P
230101
1
INGRESOS
180096954
0
I
P
230101
2
08
OTROS INGRESOS CORRIENTES
2161812
0
I
P
230101
3
08
- 01
Recuperaciones y Reembolsos por Licencias Médicas
2161812
0
I
P
230101
4
09
APORTE FISCAL
177934009
0
I
P
230101
5
09
- 01
Libre
177934009
0
I
P
230101
6
10
VENTA DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
1133
0
I
P
230101
7
10
- 03
Vehículos
1133
0
I
P
230101
8
GASTOS
180096954
0
G
P
230101
9
21
GASTOS EN PERSONAL
127898923
0
G
P
230101
10
22
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO
35470491
0
G
P
230101
11
23
PRESTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL
415953
0
G
P
230101
12
23
- 01
Prestaciones Previsionales
415953
0
G
P
230101
13
24
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
828898
0
G
P
230101
14
24
- 01
Al Sector Privado
45370
0
G
P
230101
15
24
- 01
001
Becas Postgrado
45370
0
G
P
230101
16
24
- 02
Al Gobierno Central
783528
0
G
P
230101
17
24
- 02
001
Programa de Concesiones Ministerio de Justicia
783528
0
G
P
230101
18
29
ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
1469614
0
G
P
230101
19
29
- 03
Vehículos
22660
0
G
P
230101
20
29
- 04
Mobiliario y Otros
278183
0
G
P
230101
21
29
- 05
Máquinas y Equipos
211129
0
G
P
230101
22
29
- 06
Equipos Informáticos
199951
0
G
P
230101
23
29
- 07
Programas Informáticos
757691
0
G
P
230101
24
31
INICIATIVAS DE INVERSIÓN
14013075
0
G
P
230101
25
31
- 02
Proyectos
14013075
0
G
P
230101
01
Incluye $ 2.947.660 miles, destinados a financiar gastos por concepto de aplicación
del artículo 1° de la Ley N°19.640, Orgánica Constitucional del Ministerio Público,
que corresponderá a la adopción de medidas para proteger a las víctimas y a los
testigos.
230101
02
El Ministerio Público deberá enviar semestralmente a la Comisión de Seguridad Ciuda-
dana y Drogas de la Cámara de Diputados, a la Comisión de Constitución, Legislación,
Justicia y Reglamento del Senado y a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos, el
detalle de las evaluaciones de los fiscales adjuntos y regionales, señalando los in-
dicadores y mecanismos utilizados para realizar dicha evaluación, entidad encargada
de realizarla y los resultados de la misma, con individualización de cada fiscal o
funcionario del Ministerio Público y fiscalía o unidad de dicha entidad a la cual
pertenece.
Asimismo, se deberá enviar semestralmente a las respectivas Comisiones, el resultado
de los sumarios administrativos realizados a los funcionarios del Ministerio Público,
una vez que estos ya hubieren concluido y no aplicare el secreto, con un detalle
sistematizado respecto de las sanciones impuestas, sobreseimientos o absoluciones,
según corresponda.
230101
03
Trimestralmente el Ministerio Público enviará a la Comisión de Constitución,
Legislación y Justicia de ambas Cámaras y a la Comisión Especial Mixta de
Presupuestos una síntesis de los casos ingresados, desglosado por región, comuna y
fiscal, indicando la tasa de despacho (cuociente ingreso/término); tasa de
judicialización distinguiendo entre suspensión condicional del procedimiento y
sentencia definitiva explicitando el número de sentencias absolutorias
y condenatorias; número de archivos provisionales; tiempo promedio de tramitación
de los casos y número de víctimas afectadas. Respecto de cada indicador deberá
precisarse su tasa de variación respecto al trimestre anterior.
Además, y en los mismos términos, deberá remitir una síntesis sobre las especies y va-
lores incautados en causas criminales donde intervenga el Ministerio Público y que se
encuentren a su cargo, con señalamiento de su monto y destino. Toda la información se
deberá desglosar por unidades y divisiones de la Fiscalía Nacional, Fiscalías Regiona-
les y Fiscalías Locales.
230101
04
Trimestralmente, el Ministerio Público deberá enviar a la Comisión Especial Mixta
de Presupuestos y a las Comisiones de Constitución, Legislación y Justicia de ambas
Cámaras, un informe sobre la cantidad e identidad de fiscales adjuntos ascendidos
reglamentariamente con cargo al Subtítulo 21 y en conformidad al artículo 77, inciso
segundo, de la ley Nº 19.640, indicando respecto de cada proceso de ascenso la
antigüedad del funcionario respectivo en la institución, la antigüedad en el grado
y el promedio de notas anuales de todos los postulantes. Asimismo, se enviará una
nómina idéntica respecto de los fiscales adjuntos que sean ascendidos por concurso
público en conformidad al artículo 70 de la ley Nº 19.640, agregándose la nota del
examen escrito y oral de todos los postulantes al grado respectivo. Además, deberá
informarse la identidad de los fiscales que lleven más de tres años en un mismo
grado y el monto total de las asignaciones destinadas por el Fiscal Nacional para
ascensos de fiscales adjuntos. Toda la información señalada será desglosada por uni-
dades y divisiones de la Fiscalía Nacional, Fiscalías Regionales y Fiscalías Locales.
230101
05
Trimestralmente, el Ministerio Público enviará a la Comisión de Constitución,
Legislación y Justicia de ambas Cámaras y a la Comisión Especial Mixta de
Presupuestos, la individualización de las metas institucionales fijadas para el año
2017, con la descripción de su contenido, resultados e índice de cumplimiento.
230101
06
Incluye $ 22.849.405 miles, para la aplicación del segundo año de la Ley N°20.861,
que fortalece el Ministerio Público. El servicio deberá enviar mensualmente a la
Dirección de Presupuestos un informe detallado del uso de estos recursos.
230101
07
El Ministerio Público deberá informar trimestralmente a la Comisión Especial Mixta de
Presupuestos los recursos dispuestos para la implementación de las medidas destinadas
a la protección de víctimas y sus familias frente a probables hostigamientos, amenazas
o atentados. Tratándose de medidas que requieran la presencia permanente de funcionarios
policiales, se deberán informar las condiciones de seguridad y habitabilidad dispuestas
para que ellas sean llevadas a cabo en forma eficiente.