2017
07
00
00
MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
P
2017
07
19
00
COMITÉ INNOVA CHILE
P
2017
07
19
01
COMITÉ INNOVA CHILE
P
071901
1
INGRESOS
43863474
0
I
P
071901
2
05
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
39401481
0
I
P
071901
3
05
- 02
Del Gobierno Central
39401481
0
I
P
071901
4
05
- 02
003
CORFO
2984482
0
I
P
071901
5
05
- 02
005
Fondo de Innovación para la Competitividad
34557849
0
I
P
071901
6
05
- 02
010
Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño-FIE
1859150
0
I
P
071901
7
08
OTROS INGRESOS CORRIENTES
4461983
0
I
P
071901
8
08
- 99
Otros
4461983
0
I
P
071901
9
15
SALDO INICIAL DE CAJA
10
0
I
P
071901
10
GASTOS
43863474
0
G
P
071901
11
21
GASTOS EN PERSONAL
2197240
0
G
01
P
071901
12
22
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO
973255
0
G
02
P
071901
13
23
PRESTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL
10
0
G
P
071901
14
23
- 01
Prestaciones Previsionales
10
0
G
P
071901
15
24
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
40684039
0
G
P
071901
16
24
- 01
Al Sector Privado
40684039
0
G
P
071901
17
24
- 01
004
Innovación Empresarial
40684039
0
G
03,04
P
071901
18
26
OTROS GASTOS CORRIENTES
10
0
G
P
071901
19
26
- 01
Devoluciones
10
0
G
P
071901
20
29
ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
2060
0
G
P
071901
21
29
- 04
Mobiliario y Otros
2060
0
G
P
071901
22
35
SALDO FINAL DE CAJA
6860
0
G
P
071901
01
Incluye :
a) Dotación máxima de personal 61
b) Autorización máxima para gastos en viáticos
- En Territorio Nacional en Miles de $ 19.494
- En el Exterior en Miles de $ 24.530
c) Convenios con personas naturales
- N° de personas 15
- Miles de $ 104.565
d) La Corporación de Fomento de la Producción podrá designar en comisión de
servicio a 9 funcionarios, los cuales no estarán afectos a las limita-
ciones establecidas en el artículo 76 de la Ley N° 18.834
071901
02
Incluye :
Capacitación y perfeccionamiento, Ley N° 18.575
- Miles de $ 30.982
071901
03
Con cargo a esta asignación se podrán transferir recursos a entidades
públicas y privadas. Las transferencias de recursos a organismos e institu-
ciones del sector público no se incorporarán a sus presupuestos.
Incluye hasta $ 142.552 miles para Gastos en Personal, y hasta 17 personas
a honorarios y/o Código del Trabajo, y hasta $ 200.402 miles en bienes y ser-
vicios de consumo, para el diseño, la evaluación y/o seguimiento de proyectos
y programas.
La contratación de expertos extranjeros, para los fines descritos en el
párrafo precedente, podrá realizarse en casos calificados, y mediante reso-
lución fundada del Director Ejecutivo del Comité, sin sujeción a las exigen-
cias del artículo 12 de la ley N° 18.834, del artículo 48 del D.L.N° 1.094,
de 1975 y del artículo 100 del decreto N°597 de 1984, del Ministerio del
Interior. A estos expertos, se les podrá financiar los gastos de traslado,
alojamiento, alimentación y otros que demanden las actividades.
Se podrá comprometer con cargo a futuros presupuestos hasta $20.342.020 miles
por sobre el monto autorizado en esta asignación.
Incluye hasta $550.607 miles para la contratación de entidades regionales que
realicen actividades de difusión y acompañamiento a potenciales beneficiarios
de la(s) región(es) respectiva(s), con la finalidad que formulen proyectos de
Innovación Empresarial e I+D, y hasta $ 103.000 miles para la contratación de
entidades que identifiquen desafíos de innovación social de determinada(s)
región(es) y gestionen, en su oportunidad, actividades en el territorio para
facilitar el desarrollo de ideas a soluciones y/o mejoras a las soluciones
propuestas. Las entidades ejecutoras serán seleccionadas de conformidad con
las normas de contratación pública que resulten aplicables.
Con cargo a estos recursos, el Comité InnovaChile podrá financiar programas
que contemplen la entrega de subsidios de carácter reembolsable, de modo tal
que, cumplidas condiciones objetivas, éstos se conviertan en un préstamo de
fomento, dando origen a un crédito a favor de dicho Comité. La(s)
condición(es) que debe(n) concurrir para configurar el devengamiento y
exigibilidad del préstamo, así como los demás aspectos operativos necesa-
rios para su debida implementación y cobro, serán establecidos por un
Reglamento, el que deberá ser dictado por el Director Ejecutivo del Comité.
071901
04
Tratándose de acciones incluidas y financiadas en convenios suscritos con la
Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño, en el marco de la
ejecución del Fondo de Innovación para la Competitividad, se podrá imputar en
esta asignación gastos asociados a esas acciones con anterioridad a la total
tramitación del (los) acto(s) administrativo(s) que los aprueben, en la
medida que exista disponibilidad presupuestaria en las mismas.