2016
07
00
00
MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
P
2016
07
03
00
SUBSECRETARÍA DE PESCA Y ACUICULTURA
P
2016
07
03
01
SUBSECRETARÍA DE PESCA Y ACUICULTURA (01,02,13)
01,02,13
P
070301
1
INGRESOS
39400413
0
I
P
070301
2
08
OTROS INGRESOS CORRIENTES
10196388
0
I
P
070301
3
08
- 01
Recuperaciones y Reembolsos por Licencias Médicas
34212
0
I
P
070301
4
08
- 99
Otros
10162176
0
I
P
070301
5
09
APORTE FISCAL
29204015
0
I
P
070301
6
09
- 01
Libre
29204015
0
I
P
070301
7
15
SALDO INICIAL DE CAJA
10
0
I
P
070301
8
GASTOS
39400413
0
G
P
070301
9
21
GASTOS EN PERSONAL
5344901
0
G
03
P
070301
10
22
BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO
2493898
0
G
04,05
P
070301
11
24
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
28390672
0
G
P
070301
12
24
- 01
Al Sector Privado
1371487
0
G
P
070301
13
24
- 01
079
Apoyo a Actividades Pesca Artesanal
16715
0
G
06
P
070301
14
24
- 01
085
Apoyo Operacional Plataforma Científica
1209452
0
G
07
P
070301
15
24
- 01
999
Organización Regional de Pesca del Pacífico SUR
145320
0
G
P
070301
16
24
- 02
Al Gobierno Central
20860387
0
G
P
070301
17
24
- 02
011
Fondo de Administración Pesquero
4834026
0
G
08,14
P
070301
18
24
- 02
012
Subsecretaría de Economia y Empresas de Menor Tamaño
16026361
0
G
09
P
070301
19
24
- 03
A Otras Entidades Públicas
6158798
0
G
P
070301
20
24
- 03
054
Fondo de Investigación Pesquera
6066063
0
G
10,15
P
070301
21
24
- 03
501
Comités Científicos Técnicos
92735
0
G
11
P
070301
22
29
ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS
286631
0
G
P
070301
23
29
- 03
Vehículos
81063
0
G
P
070301
24
29
- 07
Programas Informáticos
205568
0
G
12
P
070301
25
33
TRANSFERENCIAS DE CAPITAL
2884311
0
G
P
070301
26
33
- 04
A Empresas Públicas no Financieras
2884311
0
G
P
070301
27
33
- 04
999
Astilleros y Maestranzas de la Armada
2884311
0
G
P
070301
01
Dotación Máxima de Vehículos 12
070301
02
La Subsecretaría informará semestralmente a la Comisión Especial Mixta de
Presupuestos acerca de los fondos destinados a Investigación, especificando
los del IFOP, identificando los montos que se invierten en la pesca artesanal
y cuántos de estos recursos quedan directamente en los pescadores artesanales,
así como sobre el estado de las principales pesquerías del país.
070301
03
Incluye :
a) Dotación máxima de personal 188
b) Horas extraordinarias año
- Miles de $ 24.740
c) Autorización máxima para gastos en viáticos
- En territorio nacional en Miles de $ 90.421
- En el exterior en Miles de $ 47.117
d) Convenios con personas naturales
- N° de personas 52
- Miles de $ 795.715
e) Autorización máxima para cumplimiento artículo septuagésimo tercero
de la Ley N° 19.882, Asignación por Funciones Críticas:
- N° de personas 8
- Miles de $ 110.948
070301
04
Incluye :
Capacitación y perfeccionamiento, Ley N° 18.575
- Miles de $ 24.961
070301
05
Incluye $ 1.484.739 miles para estudios asociados a medidas de
administración del sector, establecidos específicamente en la normativa
vigente, pudiendo financiarse cuotas de iniciativas aprobadas en años
anteriores.
Durante el año 2016 se podrá licitar y adjudicar hasta $1.967.765 miles para
nuevos estudios, pudiendo comprometer para el ejercicio siguiente hasta
$ 590.329 miles.
Los estudios y proyectos que se realicen con cargo a este ítem deberán
asignarse de acuerdo a la normativa vigente en la materia.
070301
06
Para gastos originados por situaciones definidas mediante resolución
fundada del Subsecretario de Pesca y Acuicultura siempre que guarden
directa relación con el apoyo a la Pesca Artesanal.
Trimestralmente, dentro de los treinta días siguientes al término del
trimestre respectivo, la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura deberá informar
sobre los gastos financiados con cargo a esta asignación, especificando a la
persona o entidad beneficiada, la actividad a financiar y el monto asignado,
desagregándolos por región y comuna.
070301
07
Para la ejecución de esta transferencia se deberá firmar un convenio entre el
organismo receptor y la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, que incluya un
programa de trabajo que defina específicamente cada uno de los conceptos a los
que serán aplicados los recursos traspasados. Dicho convenio establecerá, entre
otros, los usos y destino de los recursos, cobertura, periodicidad y los requi-
sitos que deberán cumplir las rendiciones de cuentas que el organismo efectúe.
Se podrá anticipar y transferir a IFOP, hasta un 35% de los recursos disponi-
bles para ser comprometidos en cada convenio, durante su tramitación.
Los convenios podrán ser suscritos a contar de la fecha de publicación de es-
ta Ley. Anualmente, la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura presentará un in -
forme a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos, que contenga el monto de
los recursos entregados en virtud de los convenios celebrados, la utilización
de los mismos y los objetivos alcanzados.
070301
08
Financia exclusivamente las acciones definidas en el inciso primero del
artículo N° 173 de la Ley N° 18.892.
070301
09
Financia exclusivamente el programa de investigación básica o permanente para la
regulación pesquera y acuícola según señala el artículo 92° de la Ley de Pesca y
Acuicultura.
070301
10
Con cargo a este Fondo se podrá licitar públicamente, y adjudicar, hasta
$ 4.547.884 miles para nuevos estudios y proyectos, pudiendo comprometer
para el siguiente año presupuestario hasta un máximo de $ 2.046.548 miles.
En las bases de licitación se dejará constancia que no podrán participar
los proponentes que tengan directa o indirectamente interés en tales
estudios o conclusiones.
Podrá destinarse hasta $ 316.239 miles para gastos de administración,
incluidos gastos en personal por hasta $ 288.670 miles, y hasta 157 personas
a honorarios, y en bienes y servicios de de consumo hasta por $ 27.569 miles.
070301
11
Con cargo a esta asignación se imputarán los gastos para dietas de integrantes
de los Comités Científicos Técnicos; para viáticos y pasajes para asistir a las sesiones del Comité cuando éstas últimas se realicen en una localidad distinta
de su residencia, y para los gastos de administración imprescindibles para su buen
funcionamiento.
070301
12
Anualmente se entregará a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos un
informe detallado respecto del uso de estos recursos.
070301
13
Los documentos, antecedentes e informaciones señaladas en las glosas
anteriores deberán, asimismo, con la misma periodicidad fijada, ser
remitidos a la Comisión de Pesca, Acuicultura e Intereses Marítimos
de la Cámara de Diputados.
070301
14
La Subsecretaría deberá informar de los recursos asignados
anualmente al Fondo de Administración Pesquero, señalando
claramente los recursos destinados a cada objetivo contemplado
en la ley N" 19.849, a saber:
1.- Proyecto de Investigación Pesquera y Acuicultura.
2.- Programa de Vigilancia y Fiscalización de las actividades
pesqueras.
3.- Proyectos de fomento y desarrollo a la pesca artesanal.
4.- Programa de capacitación, apoyo social y reconversión
laboral para tripulantes desplazados conforme a la ley
N" 19.713.
5.- Programas de capacitación para los actuales trabajadores
de la industria pesquera, extractiva y de procesamiento.
070301
15
La Subsecretaría deberá informar anualmente acerca de la compra
de embarcaciones de menor tamaño que hayan sido destinadas a
proyectos de investigación pesquera de baja escala o investigación
costera.