 | Modificaciones a la Ley n° 20.305
[.pdf, 70.7Kb]
| Modificaciones a Ley n° 20.305 contenidas en la Ley n° 20.403 que otorga reajuste de remuneraciones a los trabajadores del sector público, concede aguinaldos, y otorga otros beneficios que indica, publicada en el diario oficial de 30 de noviembre de 2009.
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AÑO 2010: Se encuentran disponibles en la letra B.1) Documentos de trabajo año 2010, el Formulario y el Manual para la Implementación Bono Post Laboral a fin de facilitar la concesión del referido beneficio.
IMPORTANTE: El acto administrativo de concesión del bono deberá dictarse en forma individual por cada beneficiario.
Una vez que el jefe de servicio o jefatura máxima haya verificado los requisitos que dispone la ley a los potenciales beneficiarios para solicitar y posteriormente acceder al bono post laboral, calculando además la remuneración promedio líquida, deberá enviar un ejemplar de la "Solicitud Bono Post laboral" (no se requiere adjuntar los antecedentes de respaldo) a la Superintendencia de Pensiones, Teatinos N° 313, Santiago. Fono: (56-2) 753 0100.
CONSULTAS Y RECLAMOS A LA SUPERINTENDENCIA DE PENSIONES:
www.spensiones.cl/573/article-6023.html Formulario de Ingreso de Consultas WEB
Consultas Generales: Sólo de lunes a viernes de 15:30 a 18:00 hrs. Tel: (56-2) 473 2746 o al correo ptapia@dipres.cl
¿Dónde se debe imputar el aporte mensual que efectúan los organismos comprendidos en la cobertura del beneficio?
El aporte mensual que debe efectuar cada Servicio u organismo por aplicación de lo dispuesto en el artículo 6° letra a) de la ley N° 20.305, lo imputarán al subtítulo 21, ítem 01, asignación 002, por el personal de planta, o al subtítulo 21, ítem 02, asignación 002, por el personal a contrata, utilizando en ambos casos al subasignación 002.
 | Dictamen N° 64.151, de 17/11/2009 emitido por la Contraloría General de la República.
[.pdf, 592.4Kb]
| Pronunciamiento emitido por la Contraloría sobre la ley N° 20.305, en los siguientes temas:
a) Personas que obtuvieron pensión de invalidez con anterioridad a la vigencia de la ley.
b) Personas que obtuvieron pensión de vejez anticipada por haber realizado trabajos pesados con anterioridad a la vigencia de la ley.
c) Plazo que tienen los funcionarios para pedir el beneficio y terminar sus servicios. Distinguir entre los trabajadores que cumplan la edad exigida 65 ó 60 años de edad, según sea hombre o mujer) luego de la entrada en vigencia y los que a esa fecha ya cumplían tal condición (artículo 1° transitorio).
d) Fecha máxima que tienen los trabajadores para cesar en labores y acceder al bono de la ley N° 20.305 conjuntamente con los beneficios en las leyes N°s 19.882 y 20.212.
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B.2) Documentos de Trabajo año 2010
B.2) Documentos de Trabajo año 2009
 | Formulario Corregido para Solicitud de Bono Post Laboral
[.doc, 143.8Kb]
| Con el objeto de precisar la información a entregar sobre la materia por el potencial beneficiario se modificaron los antecedentes a completar por el solicitante y la información relativa a los eventuales beneficiarios de pensión de sobrevivencia del beneficiario del bono post laboral.
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 | Circular N° 38
[.pdf, 2480.8Kb]
| Indica la forma de facilitar el trámite de solicitud tasa de reemplazo líquida a la S. Pensiones.
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 | Circular N° 39
[.pdf, 2640.2Kb]
| Reitera obligación de efectuar el aporte del 1%.
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 | Preguntas Ley 20.212
[.pdf, 50.3Kb]
| Preguntas sobre la compatibilidad para impetrar el Bono Post Laboral con el beneficio establecido en la Ley 20.212.
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 | Modelo certificado
[.doc, 24.5Kb]
| Diseñado para aquellos servicios que deban acreditar años de antigüedad de un funcionario como antecesor legal en otro servicio u órgano público.
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- MODELOS ACTOS ADMINISTRATIVOS PARA LOS MUNICIPIOS:
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