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Cuantía por la que los desembolsos reales exceden los ingresos estimados.
Organismo técnico encargado de proponer la asignación de los recursos financieros del Estado (Art. 15, Ley Orgánica de Administración Financiera del Estado).
De acuerdo a la Ley Orgánica de Administración Financiera del Estado, compete a la Dirección de Presupuestos:
- Orientar y regular el proceso de formulación presupuestaria
- Regular y supervisar la ejecución del gasto público, sin perjuicio de las atribuciones que le corresponden a la Contraloría General de la República
La DIPRES es un servicio dependiente del Ministerio de Hacienda, y le corresponde ejecutar las siguientes funciones:
- Orientar y regular el proceso de formulación presupuestaria del sector público; analizar los proyectos de presupuesto presentados por los distintos organismos públicos, y proponer la asignación de los recursos financieros del Estado
- Preparar el presupuesto general del sector público aprobado por las autoridades correspondientes; realizar la programación global para llevar a cabo el presupuesto y establecer los mecanismos para supervigilar, regular y sancionar la ejecución del gasto público
- Elaborar estudios económicos sobre las materias que incidan en el manejo y desarrollo de las finanzas públicas, y proponer políticas nacionales para la administración de personal y las remuneraciones del sector público y la determinación y fijación de dotaciones.
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